En enero de 2013 se recibieron 19 denuncias y 17 consultas
Se derivó a los organismos correspondientes un total de 44 presentaciones, de las cuales 19 terminaron en actuaciones. Los casos fueron estudiados por las direcciones de Protección de Derechos y Asuntos Jurídicos, de Investigación y Capacitación.
La Defensoría del Público de Servicos de Comunicación Audiovisual recibió, en el mes de enero, un total de 44 presentaciones de las cuales 19 se transformaron en actuaciones, 17 en consultas y ocho fueron derivadas a los organismos correspondientes.
De los reclamos recibidos, cuatro correspondieron a la clausura de las antenas de Televisión Digital Abierta (TDA) de la provincia de Córdoba; dos al tratamiento que se le dio a noticias relacionadas con enfermos mentales y hechos delictivos; dos, por falta de operadores de cable en distintas regiones del país; dos, por falta de acceso a señales en un servicio de televisión por cable; dos, por incumplimientos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA); dos, por no respetar el valor máximo establecido por la Secretaría de Comercio para el costo del cable; una, por la supuesta incitación al suicido desde una publicidad; otra, por una vulneración a los derechos de los consumidores; otra, por la falta de subtítulos en la emisión de películas extrajeras y, finalmente, otra por la invisibilización que recibe el nombre de un estadio de tenis.
Del total de las presentaciones recibidas, ocho fueron derivadas por tratarse de denuncias y consultas por telefonía celular y medios gráficos, excluidos del alcance de la LSCA.
El 11 enero se recibió la presentación de un espectador que denunció que el 27 de octubre un hombre sufrió un trato discriminatorio en un noticiero de un canal de aire. Pero, por haberse producido antes del 14 de noviembre, fecha en que fue designada la defensora Cynthia Ottaviano, la Defensoría no podía intervenir debido a su falta de competencia. Sin embargo, se decidió analizar el material involucrado en la denuncia, elaborar una opinión y ponerla a disposición del Observatorio de la Discriminación en la Radio y Televisión, la AFSCA y el público en general, en donde puede leerse: “la manera en que se presenta esta información reconstruye una mirada parcial y estigmatizante sobre la persona con padecimientos psíquicos.
En este caso, los problemas de salud mental del protagonista son reconstruidos como un estigma al denominarlo ‘loco’. Puesto que las maneras de nominar construyen subjetividad, el uso de términos peyorativos supone una forma de violencia discursivo mediática que genera una desacreditación de su identidad social. De este modo, la totalidad de su persona es considerada a partir de su condición de salud, sobre la que pesan juicios morales negativos. Con este procedimiento de enunciación se cosifica y aliena al protagonista de las noticias en el rol de enfermo, lo que supone un condicionamiento negativo para alcanzar su participación social plena”. “Que dicho análisis permite aseverar que el tratamiento de la información vulnera los derechos humanos de la persona sobre quien versan las noticias. La manera en que se presenta en este caso la información reconstruye una mirada parcial y estigmatizante sobre la persona con padecimientos psíquicos, e incita a la manicomialización como único camino posible para la atención de quienes tienen problemas de salud mental. Por estos motivos, el tratamiento informativo que se dio al tema se encuentra en contradicción con la defensa y respeto de los derechos de las personas con sufrimientos psíquicos y en situación de discapacidad, consagrados en la Constitución y en normas específicas y que expresamente ordena salvaguardar la LSCA.”
El 24 de enero de 2013 se recibió una presentación en la que se requería a la Defensoría que promueva y aconseje a los medios de comunicación y sus trabajadores, la correcta denominación del Estadio Multipropósito Mary Terán de Weiss situado en el Parque Polideportivo Presidente Julio A. Roca (denominado de esta manera por ley 2.502 sancionada el 8 de noviembre de 2007 por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
A raíz de esta petición, la Defensoría decidió elaborar y difundir una biografía de Mary Terán de Weiss y dictar una resolución recomendando a quienes desempeñan tareas en servicios de comunicación audiovisual la correcta denominación del estadio, teniendo en cuenta la importancia de homenajear a la mujer, militante política y destacada deportista que fue Mary Terán de Weiss.
Luego de finalizado el mes de enero, del total de las presentaciones recibidas se concluye que más del 50 por ciento se originaron en la Ciudad de Buenos Aires y la provincia de Córdoba, siendo Jujuy y Neuquén las provincias que menos inquietudes enviaron. Por otra parte, el 45% de las denuncias fueron realizadas por mujeres y el 55 por varones. La mayoría de los reclamos (un 29%) correspondieron a personas de entre 55 a 64 años, un 23% de 45 a 54, el 18% de entre 25 a 34 años y un 6% de entre 15 a 24.
De esta manera, como lo establece la ley 26.522 en su artículo 19, la Defensoría del Público sigue promoviendo los derechos comunicacionales del público y las audiencias, difundiendo los contenidos de la misma, recibiendo y canalizando los reclamos y las denuncias del público de la radio y la televisión y dándolas a conocer.