Comunicado de prensa de la Defensoría del Público
Ante la posible reproducción en medios de comunicación audiovisuales de un conjunto de fotografías de Ángeles Rawson en el momento en que fue hallado su cuerpo en dependencias de la CEAMSE, publicadas originalmente por el diario Muy, se recuerda:
En el día de la fecha, 28 de junio de 2013, ante la posible reproducción en medios de comunicación audiovisuales de un conjunto de fotografías de Ángeles Rawson en el momento en que fue hallado su cuerpo en dependencias de la CEAMSE, publicadas originalmente por el diario Muy, la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual recuerda la necesidad e importancia del tratamiento responsable de noticias como la referida al asesinato de una joven.
El artículo 3 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual postula, en su inciso d), que uno de los objetivos de esta norma es “la defensa de la persona humana y el respeto a los derechos personalísimos”. A su vez, la misma ley procura evitar la producción y difusión de imágenes y dichos que menoscaben la dignidad humana o que resulten perjudiciales para la integridad de los niños, niñas y adolescentes.
La concepción de la información y la comunicación como servicio social y como fundamento para el ejercicio del derecho humano a la comunicación implica, centralmente, el respeto de los derechos de las personas, el cual resulta avasallado toda vez que sus imágenes son expuestas violando su intimidad y dignidad. El desconocimiento de los derechos personalísimos de las personas obliga a esta Defensoría a promover, siguiendo los lineamientos nacionales e internacionales en la materia, la reflexión crítica y responsable acerca de la tarea de los medios de comunicación y sus formas de abordaje de noticias como la que aquí se menciona.
En ese marco, la Defensoría invita a los medios de comunicación audiovisuales a evitar la truculencia y la sordidez de las coberturas que puedan implicar, precisamente, la violación de derechos consagrados para los niños, niñas y adolescentes por las normas nacionales e internacionales, tales como la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual; la Ley de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes; y la Convención sobre los Derechos del Niño.