Escalas salariales

El personal de Planta Permanente y Transitoria se rige por el Estatuto del Personal de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual aprobado por Resolución DPSCA N° 8/14 y de manera supletoria por la Ley 24.600 Estatuto y Escalafón para el Personal del Congreso de la Nación y su reglamentación.

El Estatuto de personal establece en el TÍTULO XI – RÉGIMEN DE REMUNERACIONES, CAPÍTULO I – DE LAS REMUNERACIONES, ARTÍCULO 166,  que el personal de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL percibirá, a partir de la fecha de su designación, la remuneración de la categoría de revista, siendo la misma la suma que resulte de multiplicar el valor fijado para cada unidad de módulo por la cantidad de módulos que a continuación se establece, para cada categoría.

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