Resolución N° 49/2018
Reconócese como legítimo abono el pago de los servicios prestados en concepto de limpieza integral y su mantenimiento complementario, con provisión de todos los materiales y equipos necesarios por la realización de los trabajos en la sede de esta DEFENSORIA DEL PÚBLICO, por el periodo comprendido entre el 1º de diciembre de 2016 y el 31 de enero de 2017.