Resolución N° 78/2021
Adherirse a lo dispuesto por el DNU N° 494/2021, en cuanto a las medidas generales
de prevención y contención de la epidemia de COVID-19 . La presente medida quedará automáticamente prorrogada siempre que continúen las medidas sanitarias dispuestas en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 494/21 o similares. Se establece que el personal de la Defensoría del Público deberá prestar servicios bajo la Modalidad de Presencialidad Programada (MPP), siempre que las necesidades funcionales del área lo requieran y se respeten las medidas de distanciamiento y ventilación, que se dispongan en el “Protocolo General para la Prevención del Covid-19” que previamente se apruebe.