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Gestión en defensa de un servicio de TV por cable de San Luis

Ante reclamos de televidentes y trabajadores de un servicio de TV por cable mercedino, que advirtieron sobre el posible cierre de la emisora, la Defensoría se presentó en la justicia para que se garantice la continuidad de las transmisiones.

El organismo, representado por la Defensora Cynthia Ottaviano, acudió ante la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, con el objetivo de que el licenciatario no interrumpa la trasmisión y se asegure la continuidad laboral de 50 puestos de trabajo. El hecho tramita bajo el expediente caratulado “Incidente 1- Compulsa” en Autos 36657/2, Supercanal S.A. c/ AFSCA y otros”.

La gestión de la Defensoría comenzó el pasado 29 de septiembre, cuando en el marco de la Quinta Audiencia Pública desarrollada en Mendoza, los trabajadores de TVC MERCEDINA S.A., de San Luis, reclamaron la defensa de sus puestos laborales y la pluralidad de voces en esa región.

Esas denuncias fueron complementadas con distintos reclamos recibidos posteriormente en la Defensoría. Uno de ellos expresa: “En mi carácter de abonado de la empresa TVC Mercedina S.A. (…) para poner en conocimiento de vuestra entidad, que en esta ciudad se está intentando hacer cerrar a la empresa TVC Mercedina S.A., con lo que a todos los mercedinos no nos quedaría otra alternativa que abonarnos a la empresa Supercanal para poder acceder al servicio de tv por cable…”. Otra de las consultas sostiene textualmente: “Quiero que dejen operar a TVC Mercedina con libertad y que los abonados tengamos derecho a elegir un servicio”.

La Defensoría del Público actuó facultada por los artículos 2 y 19 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), para que sea revocada la medida cautelar que suspendió las emisiones del referido servicio de televisión por cable. El organismo precisó que desde la sanción de la Ley 26.522, el público de los servicios de comunicación audiovisual fue reconocido como sujeto de derechos. Y que las audiencias han pasado de ser meros espectadores y oyentes a titulares de esos derechos, legitimadas para hacerlos valer frente a los poderes del Estado. Desde su creación, la Defensoría es el órgano encargado para tutelar esos derechos.

Ottaviano sostuvo que “La pluralidad informativa se traduce en diversidad de opciones. El público es tal porque se realiza interpretando, eligiendo cómo informarse y difundiendo su información. La imposibilidad de elegir, difundir e interpretar la información, cercena sus derechos a la libertad de expresión y al acceso a la información, y lo relega a un rol de mero consumidor de ideas y pensamientos uniformes y mercantilizados, de los cuales no participa. La posibilidad de elegir es inherente al público como sujeto de derechos. Por ello, el Estado se encuentra obligado a garantizar la pluralidad informativa”.

Entre otras cosas, la Defensoría destacó a la Cámara de Apelaciones mendocina que los intereses tomados en cuenta por el juez de primera instancia al dictar la medida cautelar son de carácter patrimonial y administrativo, sin priorizar el interés público, expresamente contemplado en el Artículo 2 de la LSCA.

Por su parte, el Inciso 13 del Artículo 12 de dicha norma establece entre las misiones y funciones de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) la de “promover y estimular la competencia y la inversión en el sector. Prevenir y desalentar las prácticas monopólicas, las conductas anticompetitivas, predatorias y/o de abuso de posición dominante en el marco de las funciones asignadas a este organismo u otros con competencia en la materia”.

Al impedir la prestación del servicio de comunicación audiovisual de la licenciataria TVC Mercedina S.A. se configura un monopolio en el área geográfica de la ciudad de Villa Mercedes, provincia de San Luis, ya que el público de la mencionada localidad se encuentra impedido de elegir entre dos cable operadores.

La Ley 26.522 remarca y prioriza “la continuidad de los servicios”, tanto para el público audiovisual como para los trabajadores afectados, y en ese sentido, habría que tener en cuenta que se afectaría directamente a 50 puestos laborales y 2.500 personas que pagan el abono, tal como fue manifestado por los representantes de los trabajadores en la Audiencia.

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