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Los desafíos que presentan las tecnologías digitales para el ejercicio de los derechos humanos

miércoles 29 de diciembre de 2021

La Defensoría expuso sobre el alto porcentaje de reclamos de las audiencias que derivan de contenidos emitidos por soportes mediáticos por fuera de la radio y la TV. Lo hizo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en el marco del Diálogo de las Américas sobre libertad de expresión en Internet.

La Defensoría del Público informó que, en los últimos años, se puso en evidencia que un alto porcentaje de los reclamos de las audiencias corresponde a contenidos emitidos por soportes mediáticos que no son los tradicionales (radio AM y FM y televisión abierta), sino que circulan a través de plataformas de internet. Y señaló que es posible formular una regulación equilibrada y respetuosa de los contenidos en plataformas sociales, teniendo en cuenta los derechos de sus usuarios y usuarias. Esta posición fue fijada ante la invitación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en el marco del Diálogo de las Américas sobre libertad de expresión en internet para participar de la Encuesta Multisectorial de Moderación de Contenidos de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE).

La iniciativa, en plena fase consultiva, tiene el objetivo de atender los desafíos que presentan las tecnologías digitales para el ejercicio de los derechos humanos en la región.

Desde la Defensoría del Público, en función de la experiencia de una década desarrollada en el ámbito de la comunicación audiovisual, se señaló que es posible formular una regulación equilibrada y respetuosa de la libertad de expresión de las plataformas sociales y de los derechos de sus usuarios y usuarias: son determinantes los criterios, principios, estándares y procedimientos para adoptar diversas medidas de tipo administrativas, dialógicas, pedagógicas y de reparación simbólica ante la vulneración de derechos en el ámbito virtual, que no se limitan a la medida extrema y de última ratio de la remoción de contenidos.

En relación a los reclamos recibidos sobre contenidos que no fueron emitidos por medios tradicionales sino por plataformas de Internet, es necesario aclarar que, en muchos casos, esas plataformas digitales imitan el formato de producción de los medios tradicionales: grilla de programación y responsable editorial.

Otra gran parte de los reclamos recibidos evidencia que el contenido emitido por los soportes tradicionales (radio y televisión) llega a las audiencias a través de plataformas, tales como YouTube o Facebook, por ejemplo. Es decir, las audiencias consumen los productos generados por los medios tradicionales a través de plataformas digitales.

Esta realidad refleja las profundas transformaciones del fenómeno comunicacional. Y por tanto exigen de un debate plural y democrático para proteger el derecho a la comunicación y a la información de la ciudadanía. Y garantizar la libertad de expresión.

Es importante adoptar medidas legislativas e institucionales que equilibren la relación desigual existente entre las plataformas sociales y sus usuarios y usuarias: no basta la autorregulación, sino que resultan necesarias regulaciones legales que fijen principios, estándares y criterios sobre la responsabilidad de las plataformas.

Esta concepción regulatoria resulta acorde con los principios de derechos humanos y empresas que las plataformas deben respetar. En especial al tener en cuenta que realizan una actividad que posibilita el ejercicio de múltiples derechos, como la libertad de expresión, el acceso a la información, la difusión y participación cultura, entre otros.

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