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Una nueva desinformación del diario La Nación

Tergiversó sobre la función de la Defensoría, desinformó sobre la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y vio una “amenaza donde se protegen derechos”. Este organismo aclara que su creación y funciones están estipuladas en los artículos 19 y 20.

El diario La Nación publicó un editorial titulado “Avance del Estado sobre los contenidos periodísticos”. Esta Defensoría debe aclarar, una vez más, que su creación y funciones están estipuladas en los artículos 19 y 20 de la LSCA y tiene por objeto recibir y canalizar las denuncias y consultas del público, como viene haciéndolo desde el 14 de noviembre de 2012, fecha en la que la Defensora, Lic. Cynthia Ottaviano, fue designada por la Comisión Bicameral de Seguimiento y Promoción de la Comunicación.

“El diario La Nación ve amenazas donde en realidad hay protección de derechos –explicó la Defensora en diálogo con el programa radial “Mañana Más”-. La Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual es un espacio fundante y absolutamente nuevo en la Argentina para que el público pueda presentar aquí todas sus denuncias, todos sus reclamos y todas sus consultas vinculadas con la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Esta ley es realmente de vanguardia, protege derechos, nos está diciendo que hay un público al que hay que prestarle atención porque es sujeto de derecho”.

Ante la desinformación difundida por La Nación, esta Defensoría se ve en la obligación de recordar que la censura está prohibida no sólo en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, sino en la Constitución Nacional. “La censura se trata de prohibir, y aquí no se está prohibiendo nada, aquí se está promoviendo el cumplimiento de una ley –agregó la Defensora-. El editorial dice que la ley de la dictadura “negaba toda potestad al Estado sobre la administración de los mensajes”. Eso es mentira. Explícitamente en la Ley de Radiodifusión de la dictadura, en el artículo 7 cuando hablaba de la seguridad nacional, decía que los medios de comunicación tenían que satisfacer las necesidades de la seguridad nacional, o de lo contrario el Poder Ejecutivo, es decir los dictadores, podían establecer restricciones al uso y a la prestación de manera directa, es decir que los genocidas comunicaban lo que querían y que los medios formaban parte del aparato de la dictadura”.

Esta Defensoría vuelve a sostener, como ha hecho que, instar a que los servicios de comunicación audiovisual continúen brindando espacio para el tratamiento de temas que afectan al ambiente y a la salud de las personas, no es censurar, sino promover el derecho a la comunicación y el cumplimiento de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

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