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Recomendaciones para el tratamiento responsable de casos de suicidios

viernes 30 de junio de 2017

La Defensoría del Público ofrece, para quienes trabajan en medios audiovisuales, este decálogo de sugerencias para el abordaje respetuoso sobre los casos de suicidio.

La Defensoría del Público presenta este decálogo de recomendaciones para el tratamiento mediático responsable, que funciona como síntesis y desprendimiento de la “Guía para el tratamiento mediático responsable de la Salud Mental” elaborada por el organismo, con la participación de trabajadores y trabajadoras de los medios de comunicación, profesionales, asociaciones y organismos nacionales vinculados a la prevención y tratamiento del suicidio, profesionales de la comunicación y de la educación.

Se recomienda, entonces, para una cobertura responsable, desmenuzar y contextualizar los siguientes diez puntos.

1-Promover un enfoque de salud pública

Contextualizar la problemática de suicidios bajo la categoría “salud pública” y no “policiales”. Tener presente que propiciar el enfoque policial de los casos, además de resultar inapropiado porque el suicidio no es un hecho delictivo, deviene en una estigmatización de la víctima y de su entorno. Para la Organización Mundial de la Salud resulta importante evitar el efecto imitativo de las conductas nocivas que se informan. Y propone trabajar para potenciar el efecto preventivo del tratamiento periodístico adecuado de los suicidios.

2- Procurar un abordaje riguroso

Evitar el desarrollo y la difusión de análisis sobre los casos de suicidio que estén sustentados en conjeturas personales y en la lectura forzada de hechos y/o elementos que rodean a las/os protagonistas. Esta perspectiva sólo contribuye a simplificar la complejidad del hecho y sus causas que nunca son fácilmente identificables ni unidimensionales.

3- Consultar a fuentes especializadas y brindar información relevante

Privilegiar la presentación de fuentes especializadas en la temática de suicidios. Esto permitirá desarticular la repetición de mitos y explicaciones simplistas y profundizar la comprensión del problema en la audiencia. De ahí que resulta conveniente aprovechar la presencia de estas voces para contextualizar el caso particular en el universo de la problemática de suicidios y brindar información orientadora y preventiva a la población. Complementar las coberturas de los casos específicos con la difusión y visualización en pantalla de direcciones y teléfonos de instituciones y profesionales vinculados a la asistencia y tratamiento de la temática de suicidios; grupos de riesgo y señales de advertencia de conducta suicida; orientaciones para quienes se encuentran ante personas en situación de riesgo.

4- Respetar la notificación no mediática y la privacidad del dolor

Respetar la notificación del hecho a la familia de la víctima por parte de profesionales antes que privilegiar la difusión de la primicia mediática. Respetar la vida privada del fallecido/a y el duelo de la gente que compone su entorno. Considerar el impacto psicológico que puede causar en familiares y allegados del suicida enterarse del hecho a través de los medios de comunicación. La cobertura informativa del caso no debe infligir más sufrimiento a las personas afectadas.

5- Construir enfoques no espectacularizantes

Es conveniente prescindir de la presentación de descripciones del método utilizado, sobre todo en términos de su mayor efectividad, menor agonía y/o sufrimiento, rapidez, concreción, por ejemplo. Por los mecanismos de imitación e identificación que pueden activarse en los grupos vulnerables. Asimismo, es preciso evitar las representaciones detalladas de la secuencia de los hechos realizados por la víctima, la emisión permanente de fotografías y videos de su vida, el uso de recursos sonoros y  la musicalización para aumentar el dramatismo que ya de por sí comporta el caso a comunicar. Es importante tener presente que estos enfoques suponen un doble impacto: un efecto negativo sobre las personas allegadas a la víctima y sobre la potencial audiencia en situación de crisis.

6-Evitar las referencias que justifiquen el acto

Procurar no abordar el suicidio como una solución o salida a problemas personales. Es conveniente representar al suicida destacando sus características positivas, de modo de evitar la difusión de indirectas justificaciones del acto y la estigmatización de la víctima.

7- Garantizar la confidencialidad

Ante la cobertura mediática de intentos de suicidio, guardar confidencialidad sobre la identidad e información personal de los protagonistas, ya que a la crisis que atraviesa la persona se le suma la estigmatización por haber intentado quitarse la vida. Es importante comunicar los impactos negativos que tal intento desencadenó en la salud, de modo de disuadir los posibles actos imitativos de la audiencia.

8- Incorporar el tema en la agenda informativa

Aprovechar las fechas nacionales e internacionales para incluir en las agendas periodísticas información relevante, preventiva y reflexiva sobre el suicidio, por ejemplo, el 10 de septiembre, Día Nacional y Mundial para la prevención del suicidio.

9- Elegir formas lingüísticas recomendadas

a) Procurar no caracterizar el hecho en términos de éxito o fracaso (“el suicido ha sido exitoso”, “la tentativa de suicidio ha fallado”). La obtención de la muerte no es algo pensable en términos de triunfo.

b) Evitar utilizar generalizaciones, como “pandemia de suicidios”, “epidemia de suicidios”, cuando en verdad se refiere a casos que abarcan una fracción de la población.

c) Es conveniente no emplear expresiones elogiosas ni peyorativas, como “el suicidio es un acto heroico”, “el suicidio es una solución cobarde”, ya que ambas abonan el refuerzo de clichés y estigmatizaciones.

d) Evitar decir que la persona “ha cometido un suicidio”, debido a que la asociación de sentido con la frase “ha cometido un delito” le imprime al acto un sentido de criminalidad.

10- Promover coberturas respetuosas de los derechos de niños, niñas y adolescentes

Las coberturas en materia de suicidios deben ser respetuosas de los derechos de niñas, niños y adolescentes que establece la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, especialmente:

a) El derecho al interés superior.

b) El derecho a la dignidad y a la integridad personal.

c) El derecho a la vida privada e intimidad familiar.

d) El derecho a la dignidad.

e) El derecho a opinar y ser oído.

Esta recomendación alude a niñas, niños y adolescentes en tanto protagonistas de casos de suicidio, como así también en calidad de audiencias de los servicios de comunicación audiovisual.

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