Por el Proyecto de Ley de Fomento de Despliegue de Infraestructura y Competencia de TICs
La Defensoría participó en el Senado de la reunión de la Comisión de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión y destacó el acceso universal, la regulación de la concentración y la importancia de la protección sobre los derechos de las audiencias y personas usuarias de las comunicaciones.
La reunión plenaria de la Comisión de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión recibió a la Defensoría del Público para exponer sobre el Proyecto de Ley de Fomento de Despliegue de Infraestructura y Competencia de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs). El organismo, convocado por la Cámara Alta, aportó la perspectiva de derechos de las audiencias y enfatizó la necesidad de garantizar el acceso universal a las comunicaciones, la diversidad, el pluralismo y federalismo.
En ese contexto, la Defensoría presentó una serie de puntos entre los que se destacan el acceso universal, la regulación de la concentración y la importancia de la protección de los derechos de las audiencias y las personas usuarias de las comunicaciones.
En la reunión, en la que también participaron integrantes de la Comisión de Educación y Cultura, la titular a cargo de la Defensoría del Público, María José Guembe, destacó: “Recomendamos incorporar una tarifa social que garantice el acceso universal a los Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ya que la imposibilidad de acceder a estos servicios por cuestiones económicas afecta el derecho humano a la libertad de expresión”. Este pedido se sustenta en la Declaración Conjunta sobre Libertad de Expresión e Internet de 2011 que indica que las normas deben asegurar que las estructuras de precios sean inclusivas para no dificultar el acceso y que la conectividad se extienda a todo el territorio
“Otro aspecto fundamental que la Defensoría recomienda es incorporar algún mecanismo eficiente y adecuado para la regulación de la concentración”, aseguró Guembe y agregó que “tal como está redactado el proyecto de Ley, parecería que dentro de ocho meses los licenciatarios de radiodifusión por suscripción por vínculo satelital podrán ofrecer servicios en todo el país, sin establecer mecanismos que regulen la concentración”. Al respecto, la titular de la Defensoría destacó: “El sentido universal del derecho a la comunicación exige la adopción de medidas antimonopólicas específicas que aseguren una libertad de expresión amplia, plural y diversa”.
Por otra parte, Guembe recordó que tanto la Constitución Nacional en su artículo 75 inciso 19, como la Convención sobre la Preservación y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), y la Ley 25.750 sobre preservación de bienes y patrimonios culturales, obligan al Estado argentino a respetar y garantizar el pluralismo informativo y cultural, entendido como dimensión constitutiva del derecho a la comunicación.
Sobre este punto, también se rememoró que la Corte Suprema subrayó la insuficiencia de las normas generales de defensa de la competencia para lograr los objetivos de pluralismo y diversidad, en tanto no se trata de regular la faz económica de una actividad comercial cualquiera sino una que hace a la vigencia de la democracia.
Guembe destacó la labor y el rol de la Defensoría y afirmó que el organismo debe “ser el encargado de proteger los derechos de las audiencias y los usuarios de las comunicaciones”. Entre otras razones, porque “se ampara en la concepción de la comunicación como derecho humano y como indicador de ciudadanía que no es compatible con la limitación del vínculo entre las personas y los medios de comunicación a una relación de consumo, es decir, al vínculo entre proveedores y consumidores o usuarios”, dijo la titular de la Defensoría. También agregó que “por un lado, porque el acceso a las comunicaciones no depende de un vínculo contractual y económico y, por otro, porque quienes son licenciatarios tienen una responsabilidad social, lo que define una serie de obligaciones y consagra ciertos derechos. Por lo cual se propone a la Defensoría del Público como instancia de protección de los derechos de los usuarios y audiencias de las comunicaciones”.
También expresaron sus opiniones con respecto al proyecto de Ley representantes de la Cámara Argentina de Cableoperadores e Internet Pymes, de la Cámara Argentina de Telefonía IP, y del Servicio de Telecomunicaciones de la Cooperativa Popular de Electricidad de Santa Rosa, La Pampa. Destacaron sus recomendaciones y preocupaciones en relación a las asimetrías que puede producir entre grandes empresas y prestadoras de menor volumen la sanción de la Ley tal como está redactada. También destacaron sus inquietudes acerca de los plazos de aplicación, el reparto de frecuencias y el peligro de una mayor concentración en manos de empresas grandes tanto de telefonía como cableoperadoras o prestadoras de servicios de comunicación.