Acta de creación de la Organización Interamericana de Defensoras y Defensores de las Audiencias (OID)
En el marco del Congreso Latinoamericano de Defensorías de las Audiencias que se llevó a cabo en la Defensoría del Público, quienes integran OID firmaron el acta de creación de la organización.
La Defensora del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual (Argentina), Cynthia Ottaviano; la Ouvidora General de la Empresa Brasil de Comunicação (Brasil), Joseti Marques; el Defensor del Televidente del Canal Capital (Colombia), Gustavo Castro Caycedo; la Defensora del Televidente del Canal RCN (Colombia), Consuelo Cepeda; el Defensor del Televidente del Canal TRO (Colombia), Mario Mantilla Barajas; la Defensora del Televidente del Canal Caracol (Colombia), Amparo Pérez; la Defensora del Comité Defensor del Televidente del Canal Teleantioquia (Colombia), Olga Restrepo Yepes; el Defensor de la Audiencia del Canal Once TV (México), Felipe López Veneroni (mediante carta poder que se adjunta); el Defensor del Televidente del Canal 22 (México), Francisco Prieto Echaso; la Defensora de las Audiencias de Radio Educación (México), Beatriz Solís Leree; la Mediadora del Instituto Mexicano de la Radio (México), Adriana Solórzano Fuentes y el Ombudsman de Noticias MVS (México), Gabriel Sosa Plata; en adelante “los Defensores y Defensoras de las Audiencias de América Latina”.
Por otra parte, el ex Ouvidor Adjunto de la Empresa Brasil de Comunicação (Brasil), Fernando Oliveira Paulino y el ex Ombudsman de Noticias MVS (México) y miembro del comité directivo de la Organization of News Ombudsmen (ONO), Gerardo Albarrán de Alba; en adelante los “ex Defensores de las Audiencias de América Latina”.
Y las y los representantes de las siguientes instituciones, organizaciones o programas vinculados con los medios de comunicación audiovisual: La Ombudsman de CBC (Canadá), Esther Enkin; la Directora General del Observatorio de Medios Fucatel (Chile), Manuela Gumucio; y la fundadora de la Asociación de Comunicadores Sociales Calandria (Perú), Rosa María Alfaro Moreno.
Todos/as ellos/as presentes como expositores/as en el “Primer Congreso Latinoamericano de Defensorías de las Audiencias”, que se realiza en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Argentina), del 14 al 16 de septiembre de 2014.
EXPONEN
Que la Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobaba por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, sostiene en su artículo 19 que: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
Que los Estados ratificaron este derecho en los pactos vinculantes que siguieron a esta Declaración. En el ámbito americano esto fue realizado a través de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, más conocida como Pacto de San José de Costa Rica, que fue aprobada el 22 de noviembre de 1969 y que expresa en su artículo 13 que: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística o por cualquier otro procedimiento de su elección…”
Que tal concepción de la libertad de expresión, contemplada en éstas y otras declaraciones internacionales, ha sido la base normativa que ha fundamentado la existencia del denominado Derecho Humano a la Comunicación, en la comprensión doctrinaria que la comunicación es una actividad social, de interés público.
Que tal Derecho Humano tiene dos dimensiones, porque comprende el derecho a manifestar el propio pensamiento sin menoscabos o impedimentos y el derecho colectivo a recibir información y conocer la expresión de pensamientos de otras personas. Es desde esta perspectiva donde las audiencias son contempladas como nuevos sujetos plenos de derecho, en su capacidad de recibir, pero también de dar información.
Que esto ha sido reconocido explícitamente en las distintas leyes y proyectos legislativos relativos a la comunicación audiovisual que han surgido en los últimos años en América Latina, en procura de la democratización de la comunicación.
Que tales normativas crean o proponen crear, en el ámbito de los medios de comunicación, instancias que permitan la presentación de los reclamos, sugerencias y observaciones de las audiencias.
Que tales instancias se formalizan o proponen formalizarse a través de la creación de figuras o instituciones que ejercen una labor pedagógica, de promoción del derecho a la comunicación, y mediadora entre las audiencias y los diferentes actores de la comunicación.
Que la incorporación de la figura del Defensor/a, Mediador/a u Ouvidor/a en los medios audiovisuales de América Latina se encuentra consagrada en las siguientes leyes, que se mencionan en un orden cronológico de sanción: Colombia (Ley N°335 del 20 de diciembre de 1996, art. 11), Brasil (Ley N°11.652 del 7 de abril de 2008, art. 20), Argentina (Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N°26.522 del 10 de octubre de 2009, arts. 19 y 20), Ecuador (Ley Orgánica de Comunicación del 13 de junio de 2013, art.73) y México (Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, 14 de julio de 2014, art. 259-260-261).
Que tal figura también ha sido propuesta en los siguientes Proyectos de ley o Proyectos de iniciativas populares, que buscan limitar la formación de oligopolios y monopolios de la comunicación, que afectan las posibilidades de la diversidad y la pluralidad de voces, fundamentales para las audiencias de todas las democracias: Perú (Anteproyecto de Ley de Radiodifusión Pública, 31 de marzo de 2008, art. 34, el cual se fundamenta en la Ley de Radio y Televisión N°28.278, 23 de junio de 2004, art. 34 ), Brasil (Proyecto de Ley de Iniciativa Popular de la Comunicación Social Electrónica, 22 de agosto de 2013, art.31), Uruguay (Proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, 10 de diciembre de 2013, art. 65-67) y México (Iniciativa Ciudadana de Ley Convergente en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión presentada por la Asociación Mexicana de Derecho a la Información, 4 de septiembre de 2013, arts. 220-224).
Que la existencia o propuesta de creación del rol de Defensor/a, Mediador/a u Ouvidor/a en tales leyes y proyectos ubica a América Latina en un lugar destacado a nivel mundial en materia de defensa y representación de los derechos de las audiencias.
Que tanto las leyes relativas a los medios audiovisuales como la existencia misma de las Defensorías de las Audiencias o del Público deben ser acompañadas por un trabajo colectivo de reflexión y de acción que permita hacer de la comunicación un derecho que, efectivamente, sea de doble vía y en el cual las audiencias tengan un rol protagónico.
Que resulta imprescindible en función de estos objetivos el intercambio de experiencias, el debate y la formalización de lazos de cooperación entre las Defensorías de las Audiencias de América Latina y otras instituciones vinculadas con la promoción del Derecho a la Comunicación.
Que a la fecha no existe en América Latina una organización que reúna a las Defensorías de las Audiencias que se encuentran en funciones en esta región y que promueva acciones conjuntas de difusión, capacitación e investigación, ni intercambio de resoluciones, fundamentos legales, estudios de casos y propuestas de acción frente a presentaciones específicas.
Por estas razones, las/os Defensoras/es y ex Defensoras/es de las Audiencias de los medios de comunicación audiovisual de América Latina firman la siguiente Carta de Intención con los objetivos de:
1) LINEAMIENTOS GENERALES DE LA ORGANIZACIÓN
Realizar las gestiones tendientes para la creación de la Organización Interamericana de Defensoras y Defensores de las Audiencias, la que se identificará con la sigla OID y adoptará como logo oficial la imagen que se adjunta al final de este documento. Todo ello en base a las siguientes consideraciones:
A) Declaración de Objetivos de OID
Las Defensorías de las Audiencias desarrollan no sólo una tarea receptiva de quejas, reclamos y sugerencias, sino y sobre todo, una labor mediadora y pedagógica destinada tanto al público de la radio y la televisión como así también a quienes son sus licenciatarios/concesionarios y trabajadores/as.
Es por ello que OID considera imprescindible fortalecer lazos entre las Defensorías de las Audiencias de América Latina y otras instituciones comprometidas con el desarrollo de la comunicación audiovisual desde la perspectiva de los derechos humanos.
En función de este propósito general se estable la importancia de generar instancias de:
• Seguimiento de procesos de quejas, reclamos, denuncias o consultas.
• Intercambio de resoluciones de casos con temáticas comunes o similares.
• Generación de una base de datos con leyes, disposiciones reguladoras, fallos judiciales, recomendaciones emitidas, procesos de mediación extrajudicial, etc. que sirvan como fundamentos complementarios en las resoluciones de los casos abordados en cada país.
• Realización de investigaciones a escala regional, en temáticas claves como, diversidad sexual, violencia de género, derechos comunicacionales de grupos históricamente marginados o vulnerados: niños, niñas y adolescentes, pueblos originarios, entre otros.
• Desarrollar acuerdos y convenios de intercambio con universidades e instituciones educativas de distinto nivel, asesorando en el desarrollo de currículas académicas que promuevan el reconocimiento y el ejercicio de los derechos de las audiencias.
• Elaborar un informe bianual, con los avances y las asignaturas pendientes en materia de comunicación audiovisual en cada país en particular y en la región en general.
• Promover la creación del rol de Defensor/a, Ouvidor/a o Mediador/a en los diferentes medios de comunicación, como un ejercicio de compromiso y transparencia con las audiencias.
• Estimular en los medios de comunicación el desarrollo de códigos de ética y manuales de estilo como herramientas de autorregulación.
• Promover instancias de cooperación con otras organizaciones de Defensorías de las Audiencias no específicamente latinoamericanas, como por ejemplo, la Organization of News Ombudsmen (ONO).
• Propiciar la creación, desarrollo y consolidación de OID en los paises miembros a través de representaciones nacionales.
B) Estructura de OID
Se establecerán tres categorías de integrantes de esta organización, siempre a título personal:
Miembros fundadores o regulares
Miembros honorarios
Miembros asociados
En función de esta composición se establece que OID tendrá las siguientes instancias directivas:
Un/a Presidente/a
Deberá ser un Defensor/a, Ouvidor/a o Mediador/a en ejercicio actual del cargo. Será elegida/o por voto mayoritario, hasta obtener los dos tercios.
Un Consejo Directivo
Compuesto por tres miembros regulares (representantes de distintos países), dos honorarias/os y un/a asociada/o. Por voto mayoritario simple.
Los cargos de Presidente/a y miembros del Comité Directivo se renovarán en forma bienal. Quienes hayan ocupado el cargo en el período anterior solo podrán ser reelegidos por un periodo adicional. Tal proceso de elección se llevará a cabo durante la realización del Congreso anual de la Organización.
C) Etapas de OID
Se propone que la Organización atraviese dos etapas, una preparatoria y otra de consolidación:
Etapa preparatoria
Comprenderá el período 2014/2015. Se partirá de un acuerdo de buena voluntad entre los firmantes que se manifiesta en el presente Compromiso. Esta Etapa tendrá como principal objetivo dar a conocer la existencia de la OID en los distintos países de América Latina, convocando a otras Defensorías de las Audiencias o instituciones vinculadas con el ámbito de la comunicación que se manifiesten interesadas en sumarse a la Organización. De esta forma se podrá tener, tras un año de difusión, una mayor cantidad de miembros y de representantes de los distintos países.
Etapa de consolidación
Se proyecta que, a partir de septiembre de 2015, cuando se desarrolle el Segundo Congreso Latinoamericano de Defensorías de las Audiencias ya se esté en condiciones de dotar a OID de un estatus formal que legalmente corresponda.
E) Congresos Anuales de OID
Los firmantes manifiestan la voluntad de reunirse en forma anual, idealmente en los meses de Septiembre u Octubre, en distintos países de América Latina, ocasión en la que además de debatir cuestiones inherentes a la organización desarrollarán en conjunto actividades públicas de difusión, concientización, investigación y capacitación relativas a los derechos de las audiencias.
En cada Congreso los integrantes de OID elegirán la sede en la que se desarrollará el encuentro del año siguiente.
F) Mecanismos de comunicación y difusión
Se realizarán las acciones atinentes al desarrollo de:
Página web de OID
Con información institucional, vías de comunicación, convocatorias y difusión de las acciones desarrolladas a nivel regional por la Organización y por cada Defensoría o Institución que la integra.
Foro virtual
Exclusivo para miembros, para el intercambio de información, consultas y generación de debates acerca de casos presentados.
Biblioteca virtual
Compuesta por libros, artículos, tesis, guías de autorregulación, leyes, audios, videos y demás materiales informativos vinculados con las temáticas centrales del área de la comunicación audiovisual.
E-book y/o libro de edición anual ó bienal
Con artículos, balances de gestión, resumen de las presentaciones de las audiencias y sus resoluciones, investigaciones, guías y demás productos informativos generados por los miembros.
B) ACUERDOS RELATIVOS AL PERÍODO SEPT. 2014/SEPT. 2015
Propuestas de sedes para el Segundo Congreso (2015)
La sede surgirá por consenso durante la reunión que se mantendrá el Domingo 14 de septiembre de 2014. Se solicita adelantar en este espacio quiénes serían las Defensoras o los Defensores interesados y con posibilidades de organizar el Segundo Congreso Latinoamericano de Defensorías de las Audiencias.
• Sede de OID: Buenos Aires Argentina
• Segundo Congreso Latinoamericano de Defensorías de las Audiencias: Cartagena de Indias, Colombia (Propuesta de Consuelo Cepeda).
En prueba de conformidad con lo expresado, se formaliza el presente compromiso en la Ciudad de Buenos Aires (Argentina) a los 16 días del mes de Septiembre del año 2014, dejando constancia que se efectuarán las acciones pertinentes para la formalización de la OID de acuerdo a los lineamientos propuestos.
Suscribe en carácter de testigo del presente acto Fernando Cedeño Rivadeneira, Presidente del Consejo de participación Ciudadana y Control Social, Ecuador.