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Reclamos en el organismo por violencia mediática y discriminación en un programa de radio

miércoles 12 de septiembre de 2018

Se inició el trámite de reclamos sobre el programa “El ángel del mediodía” de Radio 10. Las audiencias cuestionan violencia mediática y discriminación en distintas emisiones. La normativa audiovisual y la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, incluyen obligaciones sobre estas temáticas.

La Defensoría del Público recibió numerosas denuncias por dichos del conductor de “El ángel del mediodía”, Baby Etchecopar, en distintas emisiones del programa que a diario pone al aire Radio 10 (AM 710) de la Ciudad de Buenos Aires.

A modo de ejemplo de las preocupaciones expresadas por las audiencias, los reclamos plantean que en el programa se “Denigra, discrimina y estigmatiza, insulta a las mujeres y a la diversidad sexual. Incita la violencia y el odio. Acusa sin pruebas y ejerce violencia con su tono y sus palabras”. Además, que los dichos se objetan por “agresivos, discriminatorios, vulgares y execrables ante un grupo del colectivo feminista y a favor de la Ley IVE”. Del mismo modo señalan que en el programa “en nombre de la libertad de expresión ofende, denigra y discrimina a los sectores más vulnerados de la sociedad”.

Los reclamos cuestionan que en el programa se aluda a las mujeres como “negras, mugrientas, tortilleras, culo sucio, taradas, idiotas, brutas, ladronas, locas, violentas, aborteras, que tienen olor a menstruación; atentando contra los derechos de diversos sectores sociales y discriminando”.

La Defensoría analizó, de manera interdisciplinaria, los reclamos y las emisiones a las que aluden e inició el trámite de las actuaciones correspondientes.

“El ángel del mediodía” ya recibió reclamos por violencia mediática y discriminación al poco tiempo de que organismo comenzó a funcionar. En ese contexto, se procuró en distintas oportunidades el diálogo con quienes realizan el ciclo y con la emisora, tal como surge de las resoluciones adoptadas entre 2013 y 2015 sobre el programa y de las actuaciones tramitadas.

En relación con emisiones objetadas desde entonces, la Defensoría puso los reclamos y su análisis en conocimiento de la licenciataria y del ENACOM, a quien le solicitó a este último la fiscalización y evaluación de las emisiones y la adopción de las medidas previstas en la normativa para estos casos.

Se tuvo en cuenta, además, que el ENACOM adoptó sanciones en relación con este programa, tanto por el ejercicio de violencia simbólica y mediática como por el incumplimiento del tratamiento igualitario por motivos de género (Resoluciones ENACOM 8015/2016 y 8028/2016).

El tratamiento igualitario, no discriminatorio ni violento hacia las mujeres y hacia todos los colectivos sociales en los medios audiovisuales son una prioridad en las preocupaciones que a diario plantea la ciudadanía a este organismo. Además, constituyen obligaciones previstas en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y en las normas a ella incorporadas. Por ello, son temas centrales en la agenda de la Defensoría.

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