En diciembre, la Defensoría abrió las puertas de su nueva sede
Con una serie de actividades, el organismo presentó su nuevo lugar, ubicado en Alsina 1470, CABA. Además, se recibieron 98 presentanciones y se firmó un convenio con la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia.
Mes a mes, desde su creación, la Defensoría del Público continúa con “un registro de las consultas, reclamos y denuncias presentadas por los usuarios en forma pública o privada y a través de los medios habilitados a tal efecto”, según lo establece el artículo 19 en su inciso b). En diciembre, se recibieron 98 presentaciones: 45 consultas, 18 actuaciones, 29 otras acciones y 6 se convirtieron en derivaciones hacia otros organismos. En el mismo mes, además, el organismo abrió las puertas de su nueva casa, ubicada en Alsina 1470: se llevaron a cabo diferentes actividades desde el lunes 16 al viernes 20.
Entre las presentaciones que se recibieron en el organismo pueden enumerarse, en materia de accesibilidad, una denuncia sobre la imposibilidad de escuchar radio Nacional. Otra detalla que un abonado de DirecTV no puede ver durante las 24 horas las señales PakaPaka e Incaa Tv. En Quilmes, una persona asegura que sufre interferencias en una radio local. Un abonado de Cablevisión en Pergamino remarcó que la empresa no incluye CN 23, Telesur y PakaPaka en su servicio clásico. En Moreno, una persona reclama que DirecTV no transmite PakaPaka e Incaa TV. En Gonnet, según otro denunciante, hay interferencias y no se puede escuchar Radio Nacional Floclórica.
Sobre estigmatización y discriminación y morbo hacia las personas, un denunciante dejó constancia que en un programa de televisión por cable “editaron un informe de policiales sobre una banda que se dedicaba a el robo de automóviles. Destacaban los modismos de la jerga de los sectores populares y se lo acompañaba con música de cumbia: una asociación intencional”. En la misma línea, una persona se comunicó con la Defensoría porque un periodista, en un programa deportivo de radio Nacional, “muestra falta de educación al hablar”. Siempre bajo los mismos parámetros, un denunciante especificó que en Radio 10, un conductor “utilizó un lenguaje y comentario fuera de lugar sobre los gays”. Como en el mes anterior, se comenzó una actuación debido a una denuncia por discriminación en un programa de televisión abierta en el que se expone a personas con obesidad. Un oyente de radio puntualizó que en una FM, el conductor y sus colaboradores se burlaron de la muerte de Nelson Mandela y que eso derivó en el “prode de la muerte”: consiste en acertar quiénes morirán en el transcurso del año. En Posadas, un denunciante contó que un conductor de una emisión de un canal local incurre en comentarios sexistas y discriminatorios.
Otro reclamo que ingresó a la Defensoría enumera que en un programa periodístico de cable “se mostró a saqueadores encapuchados quienes contaban sus hazañas”. Según otro reclamo, en una emisión de la tarde de una señal abierta se emiten “sistemáticamente fotos y videos eróticos”.
En el orden publicitario, la Defensoría recibió un reclamo sobre un aviso de mensajería instantánea: “Tiene contenidos discriminatorios. Un joven es golpeado por manifestarle su afecto a su amigo”. La misma persona, después, se refirió a otra publicidad de la misma empresa: “Es generadora de violencia, una adolescente habla mucho y un emoticón le pega una trompada”. A raíz de tres reclamos relacionados a una publicidad de preservativos en el horario apto para todo público se inició una actuación.
En la Sexta Audiencia Pública
Llevada a cabo el 1 de noviembre, en la sala de prensa del municipio de San Carlos de Bariloche, en el Centro Cívico, un representante de la “Comisión en Defensa de Radio Mix 105 de Neuquén” solicitó la representación de la Defensoría para que se revean párrafos de un acta que los deja fuera de la frecuencia.
En la Audiencia Pública realizada en Patagonia, 70 expositores (85 inscriptos) dieron cuenta de la situación de la comunicación audiovisual en la región. En nueve ejes temáticos, el informe sintetiza un mapa de situación construido en base a las exposiciones de representantes de organizaciones sociales, sindicatos de trabajadores, medios públicos, comerciales y sin fines de lucro, organismos públicos, escuelas, puebos originarios y productoras: hubo reiteradas presentaciones sobre la imposibilidad de transmitir por aire, en Bariloche, el canal 10. Siempre en la misma ciudad, en el marco de la convocatoria del organismo para la región, un integrante de la Fundación Alternativa Popular y Comunicación Social, informó que iniciaron la tramitación para obtener una licencia para un servicio de comunicación audiovisual abierta para Viedma ante la AFSCA. Siempre en Bariloche, una persona pidió que el canal Aqua Mayor se pueda ver en todo el territorio y que sea incluido en los cables locales.
Presentaciones resueltas
El 18 de julio del año pasado, la Defensoría recibió una denuncia por incumplimiento del Artículo 16 de la Ley 26.522 por parte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, indicando que no ha integrado el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual. En idéntica fecha llegó otro reclamo en igual sentido, referido al incumplimiento del inciso a) del Artículo 16 de la Ley 26.522, proveniente de una persona que se identificó como representante de la Asamblea de Av. Juan B. Justo y Corrientes de Villa Crespo, CABA. En la Resolución 120, al respecto, se pueden leer los siguientes párrafos: Que en esta instancia corresponde indicar que esta Defensoría, el 24 de abril de 2013, suscribió un Convenio Marco de Cooperación con el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual. Su objeto refiere a la promoción de la colaboración y asistencia técnica recíproca entre las partes y a “articular todas aquellas tareas necesarias para impulsar y fortalecer institucionalmente los derechos del público de Servicios de Comunicación Audiovisual” y la implementación de la Ley 26.522 (conforme cláusula primera). Y: “Que ‘Nadie reclama un derecho que no conoce’. Bajo esta premisa, la Dirección de Capacitación y Promoción de la Defensoría del Público lleva adelante una tarea pedagógica esencial para fortalecer a la ciudadanía a partir de la formación, el debate, la participación y la generación de propuestas”. Y amplía: “estas actuaciones evidencian la importancia de la participación ciudadana y los valiosos aportes que las Audiencias están llamadas a desempeñar, propiciando la implementación plena de la Ley 26.522”. Para cerrar: “Que la conclusión de estas actuaciones -por agotamiento de su objeto al avenirse CABA a designar a su representante ante el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual- en términos de organización de los procesos internos de la Defensoría, es corolario del trabajo interdisciplinario de sus equipos de trabajo. Que la Dirección de Protección de Derechos y Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le corresponde”. Se resolvió: “Expresar su reconocimiento a los integrantes de la Asamblea de Avenida Corrientes y Juan B. Justo por las actividades de participación ciudadana que han impulsado; Remitir copia de la presente Resolución a las denunciantes, al Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, al Gobierno de CABA y a la Autoridad federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
La Resolución 127 tuvo su origen el 31 de mayo de 2013: se recibió una denuncia que decía que “en la edición del mediodía de Noticiero 7, de Canal 7 Mendoza, se emitió un asesinato donde se ve claramente el hecho. El evento incluyó puñaladas y disparos a una víctima. Este es un hecho aberrante y espero que el canal sea sancionado”. Inmediatamente, la Defensoría decidió solicitar a la Dirección de la Licenciatura en Comunicación Social de la Universidad Nacional de Quilmes (UNQUI) un análisis y peritaje técnico de la pieza audiovisual remitida por Canal 7. Luego, el 27 de diciembre, se llevó adelante una reunión con las autoridades del canal, quienes reconocieron haber puesto al aire las imágenes que motivaron la denuncia y se comprometieron a que el Área de Noticiero realizaría una capacitación sobre distintos temas de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. En cumplimiento de dicho compromiso, la Defensoría coordinó una modalidad de capacitación que permitió la participación de directivos, trabajadores y trabajadoras del canal y de Radio Nihuil. Se resolvió lo siguiente: “Téngase presente la voluntad manifestada por Canal 7 de Mendoza para trabajar en un futuro Código de Ética o Manual de Estilo, que permita además a las audiencias conocer los compromisos asumidos por la emisora en el camino de la autorregulación”.
A la Resolución 129 se arriba después de que el 31 de julio de 2013 se iniciara la Actuación a raíz de una denuncia referida a publicidades de una marca que desarrolla productos para el tratamiento la enfermedad del acné. En su presentación el denunciante señala: “… Son muy discriminadoras y hacen sentir mal a mucha gente, burlándose de la gente que tiene granos. Yo en particular me siento mal al verlas ya que hace ver como ‘tonta´ a la gente que tiene imperfecciones en la piel”. La Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo trabajó sobre las piezas referidas por el denunciante y la Defensoría tuvo un encuentro con la agencia de publicidad y la empresa, que mencionó la amplia participación que las/os adolescentes tienen en sus sitios en redes sociales y señaló el valor que podía tener la colaboración del organismo en la respuesta a consultas que se refieren a representaciones que la televisión propone sobre la adolescencia, en particular en lo que hace a la salud, a los cánones estéticos que el consumo impone y la aceptación social y afectiva en esta etapa de la vida. El informe elaborado por la mencionada Dirección señala: “Las publicidades tratan una enfermedad inflamatoria de los folículos polisebáceos de la cara como un inconveniente estético de fácil solución. De este modo, la tematización y la solución propuesta por la publicidad sobre el acné es unidireccional, enfatiza las implicancias estéticas y la solución inmediata que ofrece la marca en sus distintas presentaciones, sin incluir la leyenda en la que se recomienda la consulta con el especialista, presente en publicidades de otros productos de similar índole, como pueden ser los dentífricos”. Este tipo de mirada resulta especialmente problemática si se tiene en cuenta que las/os adolescentes se encuentran en pleno proceso de apropiación del propio cuerpo, experimentando vivencias de extrañamiento respecto de ciertos cambios corporales característicos del momento vital que atraviesan. La Dirección consideró que la mostración de las imperfecciones en la piel como susceptibles de generar vergüenza, en un caso, y rechazo, en el otro (en ambos por parte de otros/as adolescentes pares, ya sean amigas o posibles futuras novias) banaliza, en primer término, la condición de problema de salud que cabe a la cuestión del acné, reduciendo su incidencia al plano estético. Al mismo tiempo, los adolescentes mostrados son contrapuestos a ellos mismos en una tensión entre el ser, el deber ser y el ser ideal. Se resolvió: “Ténganse presente las recomendaciones vertidas en los Considerandos de esta Resolución relativas al diseño de campañas publicitarias dirigidas a niños, niñas y adolescentes que ofrezcan productos para el tratamiento de problemas de salud que les afecten”; “Encomiéndese a la Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo de la Defensoría del Público, el seguimiento de los temas que la presente denuncia aborda, en el marco de la tarea del Observatorio de Salud y Ambiente que se encuentra a su cargo. Dicho Observatorio, cuya necesidad se reveló a partir de las denuncias y consultas del público, propone estudios y reflexiones sobre estos campos temáticos”.
En la Resolución 131 se resolvió, luego de la remisión que presentara el interventor del INADI el 13 de mayo pasado, en el que se transcribe y se analiza el diálogo que se produjo el 22 de marzo de 2013 en un programa de radio: “Recomendar al señor Ángel Pedro ETCHECOPAR, a los responsables periodísticos del programa “El ángel del mediodía” y al titular de la licencia AM 710 KHz de la Ciudad de Buenos Aires, en función de las consideraciones vertidas en la presente Resolución, el respeto irrestricto de los derechos humanos de las mujeres, en particular el derecho a la una vida libre de todas las formas de violencia definidas en la normativa vigente. En particular téngase presente la obligación que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual impone a “quienes produzcan, distribuyan, emitan o de cualquier forma obtengan beneficios por la transmisión de programas y/o publicidad…” (Artículo 71) de velar por el cumplimiento de la Ley 26.485 que enuncia las formas de violencia que pueden producirse en los servicios de comunicación audiovisual, las violencias simbólica y mediática.
Que se elabore, en el marco del Año de Lucha contra la Violencia Mediática hacia las Mujeres 2014, un Plan de Acción Federal que incluya iniciativas dirigidas a: promover la sensibilización y la concientización de las audiencias; impulsar ámbitos de reflexión con comunicadores/as sociales que permitan transformar progresivamente aquellas prácticas que incurran en estereotipación, discriminación y violencia contra las mujeres; capacitar a los distintos actores que intervienen en la comunicación audiovisual sobre las pautas que la normativa vigente establece en estas materias y contribuir en los avances que éstos realicen para profundizar estas pautas con instrumentos de autorregulación.
Y que se convoque, en el marco del Plan de Acción mencionado en el Artículo anterior, a otros organismos estatales comprometidos en la lucha contra la discriminación, la plena vigencia de los derechos de las niñas y las mujeres, y de los derechos comunicacionales. También a organizaciones de la sociedad civil, universidades y organizaciones profesionales y sindicales de la comunicación, en función del carácter interinstitucional que deben tener la propuesta y su implementación.
También, que se involucre, en el mencionado Plan de Acción Federal, a las radios y televisiones públicas de todo el país que integran Radio y Televisión S.E. Ello en virtud de los objetivos que la Ley 26.522 enuncia para estos servicios (Artículo 122) y de los compromisos asumidos mediante la firma del Acuerdo compromiso del sistema público de medios para el desarrollo de una sociedad con equidad de género, suscrito el 29 de noviembre de 2012 por autoridades nacionales y titulares de servicios de comunicación estatales.
Y que la Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo de la Defensoría del Público monitoree durante 2014, la coordinación de un estudio sobre las especificidades que presenta la violencia mediática contra las mujeres en la radio y la televisión en una serie de localidades del país, que serán oportunamente determinadas en función de acuerdos que la Defensoría suscribirá con universidades, para el desarrollo de investigaciones sobre la programación de los servicios de comunicación audiovisual en Argentina. En dicho estudio se hará la realización de un monitoreo durante 24 horas, en simultáneo, en emisoras de radio y televisión abierta de ciudades del país a determinar en el diseño del proyecto.
Por último, la Resolución 132 comenzó su curso el 18 de junio de 2013, cuando se recibió una denuncia por “el tratamiento que los medios audiovisuales –en particular TN, América TV, C5N, Crónica TV- hicieron del homicidio de la joven Ángeles Rawson a partir del día 11 de junio, exhibiéndola reiteradamente, violentando derechos de las personas imputadas y de las no imputadas, en particular los trabajadores del CEAMSE y los familiares de la víctima. Puntualmente, la violación de las reglas de la institucionalidad democrática, la estereotipización, y la afectación del honor, todo reiteradamente”. Ese mismo día se recibió otra denuncia referida a la cobertura periodística del caso, solicitando la intervención de este Organismo para que “urgentemente se protejan los menores de edad, dejando de mostrar hasta el cansancio sus fotos en todos los medios, miles de veces por día, con el agravante de que están fallecidos”. El 28 de junio se recibió otra presentación vinculada a este caso en la que se consultaba: “¿Qué tipo de reclamo se puede hacer en relación a la tapa del Diario MUY de hoy (28/6/13) que muestra la foto del cuerpo de una adolescente asesinada? ¿No puede entenderse como una vulneración de los derechos de esa niña, incluso aún después de muerta?” Aludiendo a su condición de madre y de mujer, la denunciante considera que dicha imagen “encierra un mensaje que contiene violencia simbólica contra las mujeres y vulnera los derechos de la víctima”, y señala que si bien la Defensoría tiene competencia para atender casos relacionados con los servicios de comunicación audiovisual, esa tapa había sido “defendida y justificada en la edición del noticiero Telenoche del jueves 27 de junio de 2013”. El 4 de septiembre de 2013 se notificó a los directivos de las diferentes señales de noticias, tales como TN, América TV, C5N, Crónica TV, A24, Canal 26, CN23, Telefé y Canal 9 sobre la existencia de estas denuncias, la posibilidad de tomar vista de las actuaciones y/o de remitir a esta Defensoría las consideraciones que estimaran corresponder. A partir de las denuncias recibidas, la Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo realizó un análisis en base a la visualización de la cobertura televisiva. El informe en el que se plasma ese análisis señala que el tratamiento mediático del homicidio de Ángeles Rawson “está subordinado a una tendencia a espectacularizar el caso, en la que la narrativa ficcional es transpuesta a los noticieros y la función informativa relegada. En esta transposición singular, los medios no informan sobre los hechos ni sobre el estado de la investigación vigente, sino que comunican su propia construcción ficcional del caso”. Se resume, en uno de los párrafos de la Resolución: “Que dicho esto es pertinente abordar, en función del caso que se analiza, cuáles son las obligaciones específicas que pesan sobre los licenciatarios respecto de las personas involucradas en la noticia y el público en general, y qué derechos se encuentran afectados cuando las coberturas presentan características como las que se especificaron en los considerandos anteriores de esta Resolución”.
A su vez, el informe de la Dirección de Protección de Derechos y Asuntos Jurídicos observa que existe un vacío legal en la protección del derecho a la imagen de niñas, niños o adolescentes fallecidos –cuestión a la que alude una de las denunciantes-. En otro pasaje de la Resolución se observa lo siguiente: “Que la necesidad de reafirmar los objetivos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual puesta de manifiesto por la cobertura del homicidio de Ángeles Rawson dio lugar a diversas acciones de la Defensoría del Público. Algunas de ellas tuvieron carácter pedagógico, otras se dirigieron a reparar hechos puntuales y otras tuvieron por objetivo abordar con mayor profundidad las prácticas que derivan en la vulneración recurrente e irreflexiva de los derechos tutelados en la normativa vigente”.
La Defensoría remitió a las gerencias periodísticas de los canales y señales mencionados en los reclamos, el trabajo “Por una comunicación democrática de la niñez y la adolescencia. Herramientas para estudiantes y profesionales, elaborado junto a la AFSCA Y UNICEF, con el fin de acercar instrumentos útiles para una cobertura responsable y respetuosa de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
El tratamiento periodístico de este caso puso además de manifiesto la necesidad de impulsar un debate profundo con los distintos actores involucrados en la cobertura de noticias que se refieren a hechos de violencia y situaciones delictivas, en particular cuando éstas involucran a niñas, niños y adolescentes. En este marco, la Defensoría convocó también a asociaciones civiles, familiares de víctimas y organismos de protección del Estado.
Finalmente, un aspecto común de la totalidad de las Mesas de Trabajo fue la reflexión en torno a la necesidad de respetar y defender la privacidad del dolor de las víctimas y familiares de los casos policiales y hechos de violencia. Las denuncias recibidas, el análisis de la cobertura del caso Ángeles Rawson y los fructíferos intercambios mantenidos en las reuniones organizadas por la Defensoría, ponen de manifiesto la necesidad de profundizar en la divulgación de los principios que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y el resto de la normativa vigente prevén para el tratamiento periodístico de hechos como los que suscitaron las Actuaciones que mediante este acto se tienen por finalizadas.
Se concluyó lo siguiente: “Recomendar a los responsables periodísticos de los canales y señales de televisión, en función de las consideraciones vertidas en esta Resolución, respetar en la cobertura periodística de hechos policiales y de violencia, los derechos personalísimos y las garantías constitucionales de las personas involucradas, y los derechos del público, tal como dispone la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y la normativa que ésta expresamente recepta”; Encomendar a la Dirección de Protección de Derechos y Asuntos Jurídicos de la Defensoría del Público, profundizar el diálogo con los organismos del Estado vinculados a la temática —Ministerio Público Fiscal, Ministerio Público de la Defensa, Ministerio de Seguridad y Seguridad y Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia— para avanzar en el desarrollo de herramientas de divulgación y capacitación que aborden las cuestiones de índole jurídica y de procedimiento involucradas en casos policiales y de violencia, que deben ser consideradas en una cobertura responsable y respetuosa de los derechos de las personas involucradas y del público; Encomendar a la Dirección de Capacitación y Promoción de la Defensoría del Público la elaboración de un módulo de capacitación basado en los materiales que se desarrollen en cumplimiento del Artículo 1° de la presente Resolución y el desarrollo de módulos de capacitación presencial específicos sobre este tema que se incorporen a las propuestas de capacitación que la Defensoría realiza con trabajadores, trabajadoras y equipos de dirección de emisoras y productoras de televisión y radio.
En diciembre, también, la Defensora del Público, Licenciada Cynthia Ottaviano, firmó un convenio de cooperación institucional con la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social en la nueva sede del organismo. “Realizar en forma conjunta actividades de capacitación, campañas de difusión y concientización, promoción y participación a efectos de divulgar el conocimiento sobre el derecho a la información, a la comunicación y los valores de la libertad de expresión” son algunos de sus ejes.
El mes, en números
En diciembre, se recibieron 98 presentaciones: 45 consultas, 18 actuaciones, 29 otras acciones (recepciones de CV, pedidos de entrevistas, etc) y 6 se convirtieron en derivaciones hacia otros organismos.
La región Buenos Aires, conformada por provincia de Buenos Aires y por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fue la que más presentaciones tuvo con un 65,3 % del total. Luego se encontró la región Patagonia con el 15,3 %, seguido por Cuyo con el 11,2%. La región NEA y la Región Centro se ubicaron después con el 4,1%. NOA no registró presentaciones.
El 58,9 % de las presentaciones fueron de las mujeres. Para los hombres correspondió el 41,1 %.
El 33,7% de las presentaciones, denuncias y reclamos fueron hechos por ciudadanos/as de entre 51 y 65 años. En la franja de 41 a 50 años se dio el 22,1%. Seguidos con el 17,9% por quienes tienen entre 19 y 30 años, así como los que están en la franja de 31 a 40 años se ubicaron con el 16,8%. Y el 9,5% estuvo representado por personas de más de 65 años.
La Defensoría abrió las puertas de su nueva casa
Entre el 16 y el 20 de diciembre, el organismo llevó adelante una serie de actividades en el marco de la presentación de su nueva sede ubicada en Alsina 1470, CABA. El lunes 16, tuvo lugar la Ceremonia de Inauguración de la Casa de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual y la presentación del Primer Informe Anual de Gestión. El martes 17 se representó: “Los derechos de las audiencias en América Latina. Las experiencias de Argentina, Brasil y México”. El panel estuvo integrado por: Cynthia Ottaviano, Defensora del Público; Regina Lima, Defensora de la audiencia de EBC (Radio y TV Pública de Brasil); Beatriz Solís Leree, Defensora de los radioescuchas de Radio Educación de México; Glenn Postolski, Director de la Carrera de Comunicación Social de la Facultad de Ciencias Sociales UBA y Daniel Badenes, Director de la Licenciatura de Comunicación Social de la Universidad Nacional de Quilmes. El miércoles 18 tuvo su lugar la: “La Batalla de la Corte”, un debate y reflexión sobre el presente y futuro de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual con los Amicus Curiae ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en apoyo a la constitucionalidad de la LSCA. Estuvieron presentes Cynthia Ottaviano, Damián Loreti, Graciana Peñafort, Horacio Verbitsky, Miguel Rodríguez Villafañe y Víctor Abramovich. El mismo día hubo una reunión y debate con periodistas y representantes de organismos e instituciones. para analizar y definir en conjunto con autoridades de organismos involucrados, como el Ministerio de Salud, la Cruz Roja y Bomberos; la cobertura de situaciones de desastre a fin de asegurar el mejor servicio de los medios audiovisuales a sus audiencias y una conexión eficiente con las fuentes informativas. El jueves 19 se presentó la jornada “Los noticieros y la ciudadanía comunicacional”. Se dieron a conocer los resultados de los monitoreos de noticieros de televisión abierta. Realizados por la Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo de la Defensoría del Público. Y el viernes 20 fue la premiación de los 30 ganadores del primer concurso nacional de producciones radiofónicas “DEMO 3.0” con la presencia de Cynthia Ottaviano y los miembros del jurado: María Cristina Mata, Carlos Ulanovsky, Deborah Gornitz, Miguel González y Matías Melillán.