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Hasta marzo se recibieron 133 presentaciones

La Defensoría del Público recepcionó un total de 133 presentaciones, de las cuales 60 se constituyeron en actuaciones; 58 en consultas; y 15 fueron derivadas a la Secretaría de Defensa del Consumidor. Sólo en el mes de marzo, hubo 35 presentaciones.

La Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual recibió 35 presentaciones en marzo. De ellas, 18 se transformaron en consultas; 13, en actuaciones y cuatro fueron derivadas a la Secretaría de Defensa del Consumidor.

Entre los reclamos, denuncias y consultas recibidas se encuentran temas relacionados con tarifas del servicio de cable; una solicitud para que se emita DeporTV en la localidad de Las Varillas, Córdoba; imposibilidad de escuchar Radio Nacional en la zona del Cafayate, Salta; denuncias por mensajes difamatorios a la comunidad peruana; interferencias a señales de radio en la zona de José C. Paz; emisión de programas en idiomas extranjeros sin subtítulos; interrupciones en la señal de TDA en zonas de la provincia de Buenos Aires; interrupción de la señal PAKA-PAKA; incumplimientos de contenidos en el servicio prestado por operadores de cable; mal funcionamiento de la red de TDA en Neuquén; la presencia de publicidad fuera del espacio establecido por la ley 26.522; y falta de instalación de antenas de TDA en Bahía Blanca.

En el transcurso del mes de marzo, la Defensoría resolvió cuatro presentaciones.
El 11 de enero se recibió una denuncia enviada a través de la página web de la Defensoría, en donde una abonada a DIRECTV, que tiene un hijo menor de edad televidente de PAKA-PAKA, detectó que dicha señal es emitida desde las 5 de la mañana hasta las 19 hs., horario en que se interrumpe la transmisión. La denunciante manifestó que la emisión debe estar disponible las 24 horas los siete días de la semana, y no ser obstaculizada por el servicio de comunicación audiovisual al cual se halla suscripta.

La Defensoría convocó a una reunión a los representantes de la empresa denunciada, quienes manifestaron que poseen un impedimento técnico en la capacidad del satélite para ampliar su grilla de señales en los términos del artículo 65 de la Ley 26.522, reglamentado por el Decreto Nro.1225/10 y  la Resolución Nro. 296-AFSCA/10. Pero aclararon que se encuentran en una etapa de desarrollo e inversión que permitirá ampliar la cantidad de señales que provee su servicio de comunicación audiovisual satelital, a los fines de cumplir con la normativa vigente.

En un encuentro entre la denunciante y DIRECTV, convocada por la Defensoría del Público el 26 de marzo, se acordó que la empresa denunciada, hasta tanto no termine el plan de inversión técnica que ampliará la cantidad de señales que integran su servicio de comunicación audiovisual satelital, instaló un decodificador y una antena receptora de la TDA que le permita acceder a las señales PAKA-PAKA e INCAA TV y todas aquellas que integran el servicio de TDA y, hasta tanto puedan ampliar su grilla de señales, la denunciada asume un compromiso progresivo de cumplimiento. Por eso se fijó una nueva audiencia con los representantes de DIRECTV para el día 16 de abril de 2013, para continuar trabajando sobre la implementación y aplicación de la Ley 26.522.

El 8 de febrero se recibió una denuncia donde se manifestaba que la empresa CABLEVIDEO DIGITAL S.A. de la localidad de Santa Fe no contaba en su grilla de programación la señal G360 TV. La Defensoría del Público envió informes a las partes involucradas para que se solucione el conflicto.
El 7 de marzo, el denunciante informó que la empresa CABLEVIDEO DIGITAL S.A. incorporó a su grilla de programación la señal que faltaba, lo que permitió que la actuación se cerrara y que la Defensora, Cynthia Ottaviano, recomendara a la prestadora del servicio que actualizara el contenido de la guía de canales de su página web, a fin de dar a conocer al público suscripto que efectivamente se incorporó la señal G360 TV a su grilla de programación.

El 5 de diciembre de 2012 la Defensoría del Público fue consultada sobre la legalidad de la inclusión de publicidad en televisión una vez finalizada la tanda publicitaria. “Sinceramente me siento tratada como una mera consumidora”, asegura la denunciante que se refiere a la tira “Graduados” emitida por TELEFE en 2012. El AFSCA informó a la Defensoría la normativa aplicable a Publicidad No Tradicional, que incluye la Resolución 499/2010 de ese organismo, y sostuvo que “la utilización de publicidad no tradicional del programa televisivo ´Graduados´ (…) no incumple la normativa vigente”. También se analizaron las pautas sobre topes al tiempo de emisión de publicidad, que de acuerdo con la ley 26.522 es de doce minutos por hora de emisión acumulables en bloques de cuatro horas contados desde el inicio de la programación diaria. TELEFÉ remitió las planillas de conteo de publicidad, en respuesta a un pedido de información remitido por la Defensoría. Como parte de la Resolución 21/2013 adoptada en esta actuación, la Defensoría decidió que “teniendo en cuenta que este Organismo tiene entre sus funciones la convocatoria a instancias abiertas y participativas de debate sobre distintos aspectos atinentes al funcionamiento de los medios de comunicación, (…) éste sería el marco propicio para canalizar y discutir propuestas de revisión de la normativa vigente en materia de inserción de publicidad dentro de los programas de televisión”. Por ello, considerará el tema en la futura organización de esos foros.

El 8 y el 15 de febrero se recibieron dos denuncias por interrupciones y mala calidad en la señal del servicio de Televisión Digital Abierta (TDA) en distintas zonas de Mar del Palta. En las presentaciones se puntualiza que en “largos períodos entre las 20 y las 24 horas (la señal) no funciona”, y que “la imagen empieza a pixelarse” llegando a interrumpirse “todos los canales de noticias”.

La Defensoría atendió los reclamos y requirió al Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre (STVD-T) que explique dicha situación. El 27 de febrero de 2013 se recibió una respuesta manifestando que no tienen “información ajena a la por Uds. provista sobre los inconvenientes en nuestra transmisión en la Estación de Televisión Digital de Mar del Plata en los horarios mencionados, salvo una mención efectuada en las redes sociales y que inmediatamente fue trasladada a nuestros técnicos que no comprobaron deficiencia alguna”, pero que se hicieron algunas modificaciones para mejorar la señal. A raíz de esto, los inconvenientes que originaron los reclamos cesaron según lo manifestaron los denunciantes.

La Defensoría de Público de Servicios de Comunicación Audiovisual dictó las resoluciones 22/2013 y 23/2013 donde recomendó “la elaboración de un protocolo básico de intervención que sistematice y simplifique los mecanismos de actuación frente a los reclamos por problemas, deficiencias, fallas y/o interferencias en la señal de la Televisión Digital Abierta”.

Hasta el 31 de marzo, la región que más inquietudes tuvo fue el Area Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) con el 67,65% de las presentaciones, seguida por la provincia de Buenos Aires con el 14,71%, que desplazó al Area Central (Santiago del Estero, Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, La Pampa y Mendoza) con una participación de algo más del 8,82%. La región del noreste argentino (NEA) formada por  Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes no envió ninguna inquietud, lo que la convirtió en la zona con menos participación del mes.

Entre los que más denunciaron se encuentran las franjas de edades comprendidas por ciudadanos de 51 a 65 años y los mayores de 65, ambos con una participación del 26,47%. En tercer lugar se ubicó la franja de 41 a 50 años con el 20,59% del total. Los niños y adolescentes siguen sin presentar ninguna denuncia, y las mujeres, a diferencia del mes anterior, fueron las que más presentaciones hicieron, con el 62,86% del total.

Así, desde su creación, la Defensoría recibió un total de 133 presentaciones de las cuales 60 se constituyeron en actuaciones; 58, en consultas; y 15 fueron derivadas a la Secretaría de Defensa del Consumidor.

En su cuarto mes de funcionamiento, y como lo establece el artículo 19 de la ley 26.522 en su inciso i), la Defensoría sigue “representando los intereses del público y de la colectividad, en forma individual o en su conjunto”.

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